Cambios en el Registro MiPyME: Cooperativas podrán inscribirse con nueva vía simplificada

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En un paso que busca destrabar uno de los mayores obstáculos burocráticos que enfrentaban las cooperativas argentinas, la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento oficializó hoy una modificación clave en el procedimiento de inscripción de estas entidades en el Registro de Empresas MiPyMEs.

Mediante la Resolución 124/2025, publicada este 24 de junio en el Boletín Oficial, se establece que las cooperativas podrán acreditar la nómina de sus asociados a través del Sistema Integrado de Nómina de Asociados y Autoridades del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), en lugar de hacerlo mediante declaración jurada individual por cada integrante

Un alivio administrativo largamente esperado

Hasta ahora, las cooperativas estaban obligadas a declarar ante la Secretaría los datos de todos sus asociados de manera directa y nominal, un proceso que resultaba inviable para muchas entidades debido al alto número de socios y a las limitaciones de los sistemas existentes.

Este cuello de botella había motivado sucesivas prórrogas desde 2023, a pedido del INAES, que alertaba sobre los perjuicios que la medida generaba para el ecosistema cooperativista. La más reciente, dictada en septiembre de 2024, prorrogaba el cumplimiento del requisito hasta el pasado 31 de mayo.

Con esta nueva disposición, las cooperativas que soliciten su inscripción en el Registro MiPyME a partir del 1° de junio de 2025 podrán hacerlo mediante el mecanismo digital del INAES, que ahora será fuente oficial de información para validar los requisitos exigidos por la Ley 24.467 y sus modificatorias.

Un paso coordinado entre Economía y el INAES

La medida se apoya en la reciente Resolución 756/2025 del INAES, que estableció el nuevo Sistema Integrado de Nómina como plataforma obligatoria para la carga y actualización de datos de asociados y autoridades de cooperativas y mutuales.

Según se establece, la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa verificará la validez y actualidad de la información contenida en dicha base de datos al momento de evaluar la inscripción, facilitando así un proceso que hasta ahora resultaba excluyente para numerosas entidades del sector.

Implicancias para el sector cooperativo

El nuevo procedimiento no sólo simplifica la carga administrativa, sino que también posibilita el acceso de más cooperativas a los beneficios del Registro MiPyME, entre ellos asistencia técnica, programas de financiamiento y acceso preferencial a créditos y compras públicas.

Desde el sector cooperativo, se esperaba con expectativa una definición que brindara previsibilidad a las entidades que tenían sus solicitudes de inscripción pendientes o que estaban postergando la tramitación a la espera de una vía más ágil.

Con esta decisión, el Estado reconoce formalmente la necesidad de adecuar sus exigencias a las particularidades del modelo cooperativo, y da un paso firme hacia una inclusión efectiva del sector en las políticas públicas orientadas al desarrollo productivo.


???? En resumen:

  • Las cooperativas podrán inscribirse en el Registro MiPyME utilizando los datos informados al INAES.

  • El nuevo procedimiento rige para solicitudes realizadas a partir del 1° de junio de 2025.

  • El cambio busca reducir cargas administrativas y ampliar el acceso a beneficios para las entidades cooperativas.